Adapto tu empresa al Reglamento General de Protección de Datos de forma completa, documentada y sin tecnicismos. Trato directo, presupuesto cerrado y resultado garantizado. Colaborador oficial Audidat.
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El Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) es el marco legal europeo que regula cómo las empresas tratan los datos personales de sus clientes, empleados y proveedores. Es de aplicación directa en toda la UE desde el 25 de mayo de 2018.
En España se complementa con la Ley Orgánica 3/2018 (LOPDGDD), que adapta el reglamento europeo a nivel nacional y establece el régimen sancionador específico.
Cualquier empresa o autónomo de Valencia que trate datos personales está obligado — independientemente de su tamaño o sector. Si tienes clientes, empleados o proveedores, el RGPD te afecta.
¿CUMPLE MI EMPRESA? CONSÚLTAME GRATISObligatorio en toda la UE. Cada año sin adaptar tu empresa es un año de riesgo innecesario.
No hay mínimo de trabajadores ni facturación. Un autónomo con clientes ya está obligado.
La Agencia Española de Protección de Datos está siendo especialmente activa en inspecciones.
En 2023 la AEPD impuso más de 50 millones en multas a empresas españolas de todos los tamaños.
Adaptarse al RGPD no es puntual — requiere mantenimiento y actualización continua.
El cumplimiento también es una ventaja competitiva. Los clientes valoran la seguridad de sus datos.
Si tu actividad implica tratar datos personales — y casi cualquier actividad lo implica — el RGPD te obliga.
Las sanciones no son solo para grandes empresas. La AEPD investiga y sanciona a pymes y autónomos con regularidad.
Además de las multas económicas, la AEPD puede imponer advertencias, limitaciones o prohibiciones del tratamiento que pueden paralizar la actividad de la empresa.
Una adaptación completa y documentada, no un simple kit de documentos genéricos. Todo adaptado a tu empresa y sector.
Primera reunión sin compromiso — presencial en Valencia o videollamada. En 30 minutos analizo tu situación.
Sin sorpresas. Presupuesto detallado con todo incluido antes de empezar. Sin costes ocultos.
Analizo todos los tratamientos de datos de tu empresa para identificar riesgos y medidas necesarias.
Redacto toda la documentación y me coordino con tu equipo para implantar las medidas.
Sesión formativa para que todos sepan actuar ante solicitudes de derechos y brechas de seguridad.
Revisiones periódicas y actualizaciones ante cambios normativos o en tu empresa.
Respuestas directas a las dudas más habituales de empresas y autónomos valencianos.
Todas las empresas y autónomos de Valencia que traten datos personales de clientes, empleados o proveedores están obligados al RGPD, independientemente de su tamaño o sector. Esto incluye desde un autónomo con una lista de clientes hasta una gran empresa con miles de registros. Si tienes una agenda de clientes, gestionas nóminas o tienes una web con formulario de contacto, el RGPD ya te afecta.
Las infracciones muy graves pueden alcanzar hasta 20 millones de euros o el 4% de la facturación anual global. Las graves llegan a 10 millones o el 2%. Las leves hasta 40.000 euros. En la práctica, las multas a pymes suelen oscilar entre 5.000 y 150.000 euros, pero hay casos de sanciones de varios millones a empresas medianas.
Para una pyme o autónomo, la adaptación inicial puede completarse en 2-4 semanas. Para empresas más grandes o con tratamientos complejos puede llevar 1-3 meses. El proceso incluye auditoría inicial, redacción de documentación, implantación de medidas y formación del equipo.
El DPO es obligatorio para administraciones públicas, empresas que realizan a gran escala tratamientos de datos sensibles y empresas con monitorización sistemática masiva. Para la mayoría de pymes valencianas no es obligatorio. En la consulta gratuita te confirmo si tu empresa lo necesita.
El RGPD es el reglamento europeo de aplicación directa. La LOPDGDD es la ley española que lo adapta a nivel nacional, añadiendo especificidades como la edad mínima de consentimiento de menores (14 años en España), datos de ideología en el ámbito laboral o el derecho al olvido en redes sociales. Ambas son de obligado cumplimiento.
Al menos una vez al año y siempre que haya cambios relevantes: nuevos tratamientos de datos, nuevos proveedores con acceso a datos, cambios organizativos significativos o actualizaciones normativas. El mantenimiento continuo es fundamental y la AEPD valora positivamente tener sistemas de revisión periódica implantados.
Si la brecha afecta a datos personales con riesgo para los afectados, tienes 72 horas para notificarlo a la AEPD. También puede ser necesario notificar a los propios afectados si el riesgo es alto. Tener un protocolo de respuesta documentado puede atenuar significativamente las sanciones en caso de incidente.
No está prohibido, pero requiere medidas específicas: informar a los clientes del tratamiento, establecer contratos de encargo de tratamiento con Google y Meta, y asegurar que los datos se tratan solo para los fines informados. Es una situación muy habitual en pymes valencianas que asesoro frecuentemente.
Los documentos básicos son: Registro de Actividades de Tratamiento (RAT), política de privacidad, avisos legales y cláusulas informativas, contratos de encargo de tratamiento con proveedores, protocolo de gestión de derechos, protocolo de brechas de seguridad y análisis de riesgos. Para algunos tratamientos también es necesaria una Evaluación de Impacto (EIPD).
El coste depende del tamaño y actividad de la empresa. Trabajo con tarifas adaptadas a pymes y autónomos valencianos, con presupuesto cerrado antes de empezar y sin costes ocultos. La primera consulta es completamente gratuita.
Los sectores con mayor riesgo son: sanidad y clínicas, asesorías y despachos jurídicos, academias y centros educativos con menores, inmobiliarias, hostelería con reservas online, ecommerce y empresas con más de 50 empleados. En todos estos sectores la AEPD está siendo especialmente activa.
El derecho de supresión obliga a borrar los datos cuando el interesado lo solicite, salvo obligación legal de conservarlos (como facturas que deben guardarse 5 años por obligación fiscal). Tienes un mes para responder. No atender este derecho puede generar una reclamación ante la AEPD y la consiguiente investigación.
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